AMIS: Acciones de apoyo al seguro de protección a victimas de accidentes viales.
Los accidentes viales representan un asunto de alta prioridad por los daños y consecuencias que genera. En México, los accidentes de tránsito suman 2.4 millones al año, su costo es de alrededor del 1.7% del Producto Interno Bruto, PIB, llevando al país al séptimo lugar en el ranking mundial de muertes por accidentes viales (alrededor de 15 mil fallecimientos) donde, además, cada año 45 mil personas quedan con alguna discapacidad.
Es un hecho que cinco de cada 10 personas hospitalizadas por un choque adquieren una deuda 100% superior a su ingreso mensual, lo que deriva en que los accidentes viales pueden llevar a las víctimas a una situación de pobreza o crisis financiera familiar.
De ahí que el pasado 17 de agosto el Gobierno del Distrito Federal publicara en su Gaceta Oficial el nuevo Reglamento de Tránsito, el cual da prioridad a los usuarios vulnerables, hace corresponsables a todos los ciudadanos de la seguridad en el espacio público y manifiesta sus acciones en materia de seguridad vial.
Dentro de sus disposiciones se establece que todos los vehículos motorizados deberán contar con un seguro que cuente con la cobertura de Responsabilidad Civil por daños a terceros en su persona y en su patrimonio.
Asimismo, sanciona, en caso de no portar la póliza vigente, al propietario del vehículo con multas de acuerdo con la siguiente tabla:
Por lo anterior, AMIS y la industria de seguros, se suman al esfuerzo de cumplir el objetivo de “cero víctimas de accidentes viales”, puesto que el Reglamento define también mecanismos para supervisar y controlar que los conductores cuenten con su Seguro de Protección a Víctimas de Accidentes Viales, para lo cual la póliza podrá ser revisada en los siguientes casos:
Cuando se trate del propietario de un vehículo particular y éste sea acreedor a una multa, tendrá 45 días naturales para la cancelación de la misma, mediante la presentación de la póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros vigente, ante las oficinas de Seguridad Pública.
Cuando se trate de un automóvil remitido al depósito, el propietario deberá presentar:
A través de AMIS se ha informado que las personas que actualmente tienen asegurado su vehículo con cualquier tipo de cobertura, ya cumplen con esta nueva disposición, por lo que no tendrán que contratar otro seguro de automóvil.