El Comité de Daños de AMIS, ha estado inmerso en intensa actividad realizando proyectos dirigidos a satisfacer diversas demandas de innovación y actualización de coberturas y clausulado de pólizas.
Dichos proyectos incluyen aspectos técnicos relativos a adecuaciones que van desde nuevas pólizas; como el seguro de R.C. para Guarderías del IMSS, hasta cuestiones relativas a los requerimientos de capital mínimo de garantía de las compañías, en relación con riesgos catastróficos.
Los proyectos prioritarios en curso son:
A. Conciencia Social: Seguro de R. C. para guarderías del IMSS
A raíz del siniestro ocurrido en Hermosillo hace más de un año, el comité de Daños se dio a la tarea de diseñar una póliza específica para los riesgos a que se expone el giro de Guarderías.
La póliza ya se sometió al análisis y aprobación de la CNSF y por otra parte, se está analizando la posibilidad de crear un consorcio/coaseguro de compañías para manejar este seguro, y encargarse de las inspecciones que está solicitando el IMSS para todas las guarderías.
Se espera contar con tarifa de mercado así como con texto únicos para todas las asociadas que estén en posición de participar en esta póliza.
B. Importante esfuerzo de comunicación con asegurados: Homologación de textos.
Con el propósito de ofrecer mayor claridad para asegurados, agentes y autoridades en los textos, facilidad de comparación de ofertas, menores problemas (incluso legales) por dudas en cobertura de pólizas, así como mejor imagen del sector hacia sus asegurados, el Comité está analizando una posible homologación de textos para las pólizas de los diferentes ramos de Daños.
Esta práctica, como se da en las pólizas de Londres, permitirá además mejor entendimiento de de textos por parte de autoridades judiciales cuando se requiera su participación en siniestros así como facilitar el registro de productos con el pre-registro de AMIS.
Por supuesto, el primer gran paso será el consenso de las asociadas que operan los diferentes ramos de Daños.
C. Cláusulas lesivas en las pólizas de los seguros en las licitaciones del gobierno
Este importante proyecto surge de las bases de licitación que ofrece el sector público. En ocasiones se requiere de coberturas que pueden perjudicar al sector asegurador pues demandan riesgos que, por las condiciones solicitadas, se traducen en grandes pérdidas.
Al respecto, el principal punto se dirige a establecer acuerdos para unificar criterios de rechazo a dichas coberturas.
D. Actualización del sistema de cálculo del PML y RRC del seguro de terremoto
Dado que de acuerdo a ERN el modelo actual impuesto por la CNSF no refleja ya la verdadera exposición de las compañías en cuanto a su verdadero PML, lo que pudiera significar problemas para algunas en caso de un evento importante, se está evaluando con ERN un documento con las ventajas y desventajas de actualizar el sistema RS-Mex a una versión más actual, para lo cual se está analizando el impacto en las reservas que tendría este cambio.
Otros Proyectos
Los anteriores son los de mayor prioridad por su inminente aplicación, sin embargo el Comité de Daños continúa con el desarrollo de otros proyectos de suma importancia como son:
I. Microseguros de daños
Juntamente con el Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (PRONAFIM), se ha estado analizando el producto adecuado para este mercado con un potencial de 800 mil acreditados del Programa, esperándose cubrir a un 70%. El Sector ha propuesto que el seguro sea obligatorio, situación que PRONAFIM está evaluando.
Por su parte, el Comité de Daños se encuentra en proceso de diseño para el producto, cuya necesidad asegurable más demandada es la continuidad de operaciones de los micronegocios en caso de siniestro. Al respecto se están realizando diversas consultas con los reaseguradores especializados (QBE, Swiss Re, Munich, etc.) con el propósito de determinar las coberturas convenientes.
Algunas de las principales ventajas serían:
II. Cláusula OFAC
Algunas reaseguradoras establecen en sus contratos, de forma unilateral, cláusulas mediante las cuales disponen la terminación del contrato, en caso de que alguno de los asegurados aparezca en las listas de OFAC. Estas cláusulas disponen que el reasegurador quede liberado del pago y conserve el monto de las primas de reaseguro que se le hubieren cubierto.
En el Artículo 18 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, establece que “aún cuando la empresa se reasegure contra los riesgos que hubiere asegurado, seguirá siendo la única responsable respecto al asegurado”, lo que, en ese contexto deja al descubierto a las aseguradoras. Por tal motivo, se solicitará a la CNSF autorice una “cláusula tipo” que permita a las instituciones dar por terminados de pleno derecho los contratos en los que el asegurado o el beneficiario aparezcan en las listas mencionadas y en cualquier otra lista de esa naturaleza.
III. Seguros obligatorios.
Ante el problema de que existe un gran número de seguros obligatorios en la ley, cuyas coberturas no se están manejando como tales por parte del sector al estarse manejando prácticamente como coberturas normales, el Comité de Daños de AMIS está proponiendo actualizar la base de datos de seguros obligatorios y unificar el manejo que le debe dar el sector a estos seguros a través de pólizas independientes al resto de las coberturas y con pago de contado.
De ese modo, se dará cumplimiento a lo señalado en la ley en cuanto al manejo de esos seguros, eliminando riesgos para las compañías en cuanto a la administración de las pólizas correspondientes. A su vez resultará en una mayor claridad para asegurados, agentes y autoridades , contribuyendo a fortalecer la imagen del sector hacia el público.
IV. Sistema de fraudes.
Dada la buena fe asumida sin excepción por las compañías en el contrato de seguros, se ha detectado que algunos asegurados incurren en la mala práctica de asegurarse en múltiples compañías quedando protegidos sólo por el periodo de gracia y sin pagar primas.
Lo anterior dispara l necesidad y conveniencia de construir un sistema de intercambio de información entre las compañías con el propósito de detectar tales prácticas. Esta medida producirá una sensible reducción en la siniestralidad y los gastos administrativos, traduciéndose en una reducción en las primas.
V. Proyectos del seguro de crédito a la vivienda
Reserva de Obligaciones Pendientes de Cumplir
Los seguros a la vivienda emanan prácticamente de un mercado deudor cuyo sistema de pago del crédito es mensual. El mercado de crédito por este concepto arroja con frecuencia cartera vencida por mora en los pagos de los acreditados. Para estos casos, el esquema de reserva establece que se debe ir acumulando un porcentaje de la Suma Asegurada de cada crédito, reservando el 100% de la Suma Asegurada al llegar a 6 meses de mora.
Esta metodología no considera en ningún punto la probabilidad de que dado que tenga cierto nivel de mora en realidad se convierta en siniestro, lo que genera una reserva considerablemente grande para la exposición al riesgo que realmente tienen las aseguradoras de este ramo.
Por lo tanto, se está desarrollando una metodología que refleje la experiencia en este tipo de productos que involucre las variables y parámetros mínimos necesarios para que las reservas constituidas por esos riesgos reflejen la exposición real al riesgo de las compañías que operan el ramo.
Determinación de un PML para la reserva catastrófica y cambio de requerimiento de capital mínimo de garantía
Como la reserva catastrófica del ramo no cuenta con un tope máximo debido a que no existe una definición para la determinación de un PML, dicha reserva no se considera deducible para requerimientos de capital.
Por otra parte, la CNSF estipula que las aseguradoras deben poner un capital por cada crédito asegurado, considerando el nivel de Aforo y duración de cada uno de ellos.
A partir de los dos puntos anteriores, se está analizando el desarrollo de una metodología que permita la determinación de un límite máximo a la reserva catastrófica, logrando con ello que esa reserva sea deducible para requerimientos de capital.
Adicionalmente se contará con la ventaja de que al determinar un PML se solicitará el requerimiento de Capital en alineación al mismo.