Breve retrospectiva:
A efecto de resolver la problemática financiera que enfrentaban el IMSS y el ISSSTE para otorgar las pensiones a los trabajadores, en diciembre de 1995 se reforma la Ley del IMSS –entrando en vigor en julio de 1997–, y se publica la Ley del ISSSTE en marzo de 2007.
El principal cambio lo constituyó el traslado de un esquema de beneficio definido a un sistema de contribución definida, estableciéndose la figura y participación de las aseguradoras especializadas en la operación de los Seguros de Pensiones derivados de la Seguridad Social, –autorizadas por la SHCP y supervisadas por la CNSF–, las cuales tendrían la función de pagar las pensiones, mientras estuvieran en vida los pensionados o sus beneficiarios, bajo las condiciones definidas en la Ley del IMSS o del ISSSTE.
Incorporación al Nuevo Esquema de Pensiones.
Trabajadores del IMSS |
Trabajadores del ISSSTE |
Trabajadores que cotizaron antes del 1º de julio de 1997.
Trabajadores que comenzaron a cotizar el 1º de julio de 1997.
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Trabajadores activos a la entrada en vigor de la nueva Ley del ISSSTE. Consideró dos opciones de transición: mantenerse en el régimen actual o recibir un bono de reconocimiento para migrar de inmediato al nuevo sistema.
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Sin embargo, en el momento en que fue reformada la Ley del IMSS, el esquema de operación y comercialización fue creado en función de la condiciones económicas prevalecientes en el país, así como en las expectativas financieras, mismas que no se vislumbró cambiaran de manera tan drástica –tasas (reales) de interés, inflación y situación política, entre otros– y que imperan en la actualidad.
Acciones y medidas tomadas:
En razón de lo anterior y por la entrada en vigor de la Ley del ISSSTE, la SHCP, CNSF, CONSAR, IMSS, ISSSTE y AMIS han venido trabajando en la definición e implementación de medidas, mismas que propicien una mayor participación de aseguradoras en el manejo de los seguros de pensiones derivados de la Seguridad Social, con base en un mercado más sólido y competitivo.
Para el logro de tal objetivo, la medida más importante a tomar era la liberación de la metodología para el cálculo de la tasa de referencia, misma que para los casos de contribución definida —segmento que sólo representa el 14% del mercado actual—, se liberó a finales de 2012.
Y es ahora que, para los casos de beneficio definido —la gran mayoría del mercado—, también se libera a partir de enero de 2014.
Participación del Sector Asegurador en el nuevo esquema de Pensiones:
Las compañías aseguradoras con autorización para operar los Seguros de Pensiones derivados de la Seguridad Social tienen una participación fundamental, pues, en el mediano plazo, estarán pagando la mayoría de las pensiones, básicamente las de Riesgos del Trabajo e Invalidez y Vida, tanto para el IMSS como el ISSSTE, mientras que las de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez serán pagadas por las aseguradoras o Afores.
De 2006 a 2013 las pensiones otorgadas a través de las aseguradoras de Rentas Vitalicias han mostrado un comportamiento creciente.
Asimismo, la entrada en vigor de la nueva Ley del IMSS y la subsecuente reforma estructural en el sistema de pensiones hicieron posible que el mercado de Rentas Vitalicias, a través de las aseguradoras, iniciara su operación, permitiendo, además de incorporar a muchos asegurados al sistema financiero formal, contribuir con su actividad al desarrollo de la economía nacional, mediante factores importantes, entre los que se encuentran:
Por otro lado, algunos aspectos importantes a destacar sobre el estado que guardan las pensiones en México son:
Conclusión:
Los cambios que han venido efectuándose al esquema operativo de los seguros de pensiones son:
Es a través de ellos que se busca dar sustentabilidad y rentabilidad al nuevo esquema de pensiones de la seguridad social, y donde al incentivar que un mayor número de compañías aseguradoras participen, la intención es evitar la concentración del mercado.