Las Fintech que no hayan ingresado su solicitud de Autorización para la organización y operación de las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) antes del 25 de septiembre, tendrán que comenzar el cierre de operaciones cuanto antes para no ser sancionados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, dijo en el panel “Fintech: el camino a la regulación” Paola Rivera Zavala, directora de Autorizaciones de Tecnología Financiera.
La ley contempla penas de hasta 15 años de cárcel para quienes realicen una de las dos actividades reservadas por la Ley Fintech: pagos electrónicos o financiamiento colectivo, y multas que van de los 422,000 hasta los 12.6 millones de pesos a quien opere sin tener la autorización de la entidad reguladora.
Sin embargo, Rivera Zavala, subrayó que la CNBV tiene amplia apertura para dialogar sobre las disposiciones, pues sólo establecen un punto de partida, tomando lo que ya existía, para todas aquellas Fintech que quieran iniciar su operación. Por lo que dijo, habrá un proceso de revisión de las partes de la legislación que pudieran afectar operativamente los modelos de negocio de las Fintech.
La CNBV espera que estos nuevos modelos de negocio revolucionen la forma en que se prestan los servicios financieros, generando confianza en los clientes para invertir y así adquirir servicios a través de las diferentes plataformas.
Fuente: Cobertura AMIS